La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a 7 meses y 15 días de prisión a una enfermera que accedió sin autorización a la historia clínica de una mujer, a la que también envió mensajes amenazantes.
La defensa, la fiscalía y la acusación particular llegaron el día del juicio, el pasado 1 de marzo, a un acuerdo por lo que la sentencia se ha dictado de conformidad. Así, la inculpada deberá indemnizar con 6.000 euros a la denunciante por el daño moral causado.
La procesada, de 44 años, estaba destinada en agosto de 2022 en un centro de salud de la comarca de Pamplona. Por su condición de enfermera, podía acceder tanto a datos demográficos privados como a historias clínicas de todos los pacientes tratados por el Servicio Navarro de Salud.
En la creencia de que la denunciante tenía algún tipo de relación personal con su hijo, nacido en 2021 y cuya custodia correspondía a su padre, la encausada, sin estar autorizada, accedió los días 24 y 25 del citado mes a la historia clínica de aquélla
De esta manera, descubrió tanto su perfil de Facebook como su teléfono móvil, que utilizó para enviarle mensajes de Messenger y WhatsApp. En ellos, le conminaba a que dejara de tener relación con su hijo. Le decía que iba a sufrir mucho si continuaba teniendo relación con él.
Asimismo, según recoge la sentencia, tras averiguar también el domicilio de la denunciante, le exponía en uno de los mensajes que era enfermera y que tenía “amigas” en el barrio en el que ella residía.
A raíz del nacimiento de su hijo, según consta en la resolución judicial, la enfermera sufrió una grave depresión posparto, que le originó un trastorno de salud mental, “con severa inestabilidad emocional, capaz, en periodos de descompensación, de afectar a las interpretaciones cognitivas de la realidad de la acusada, lo que, unido a que los hechos responden a un patrón impulsivo, alteraban sus facultades de manera grave, sin llegar a anularlas”.
Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con la concurrencia de la eximente incompleta de trastorno mental, por el que la condenada aceptó 7 meses y 15 días de prisión y una multa de 810 euros, así como de un delito leve de amenazas, por el que asumió el abono de una pena de multa de 360 euros.
El tribunal acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por un periodo de 2 años, condicionada a que durante dicho periodo de tiempo no cometa hecho delictivo alguno y a que abone la responsabilidad civil en los plazos señalados (24 cuotas de 250 euros al mes).