Uno de cada diez navarros ha pedido algún microcrédito para poder afrontar algún pago o llegar a fin de mes, según una encuesta encargada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache. La organización advirtió sobre el peligro de endeudamiento que suponen algunos de estos créditos y recomendó, antes de contratarlos, asesorarse, revisar bien sus intereses y condiciones, y asegurarse de que podrán amortizarse.
Importe alto, concesión inmediata
Numerosas entidades financieras están especializadas en ofrecer créditos de importes no muy elevados y de forma prácticamente inmediata. A ellas acude mucha gente cuando necesita dinero para pagar la reforma del baño, la compra de una lavadora, las vacaciones o los últimos plazos de una moto. Algunas de estas personas han acudido a Irache preocupadas por los intereses generados por estos préstamos, y en varios casos la asociación ha conseguido anular los intereses por considerarlos abusivos.
Necesidad urgente
En ocasiones, los consumidores recurren a estos créditos ante una situación de necesidad urgente, cuando deben afrontar un pago de forma casi inmediata y no encuentran otra fuente de ingresos. La facilidad de acceso, con concesión prácticamente en el momento, explica que muchos acaben contratando estos préstamos. La situación se complica cuando las personas, que ya partían de una situación económica delicada, no logran hacer frente a la amortización en los plazos establecidos y la deuda se incrementa, agravando su situación. En algunos casos se produce incluso una concatenación de créditos, cuando el consumidor pide un nuevo préstamo para saldar el anterior, en una dinámica que Irache calificó de "muy peligrosa".
Riesgo de endeudamiento
Estos préstamos, que pueden resolver una situación puntual, conllevan riesgos importantes que pueden derivar en un mayor endeudamiento del consumidor. Por ello, Irache insistió en la importancia de analizar detenidamente las características del préstamo, ser consciente de sus intereses y posibles consecuencias, y comprobar si podrá devolverse en los plazos contratados sin caer en demoras y sobrecostes añadidos. Estos créditos se caracterizan por cuantías no excesivas —muchos no superan los mil euros—, una concesión muy rápida y sencilla, y unos intereses que, en caso de retraso en los pagos, pueden convertirse en un problema serio.
Ejemplos de intereses
Según datos facilitados por las propias entidades, un cliente puede pedir 400 euros y, a los cinco días, deberá devolver 446 euros, con una TAE del 15.475%. Si lo devuelve en 31 días, tendrá que pagar 566 euros, a una TAE del 4.587%. En otra entidad, un préstamo de 250 euros a devolver en un único pago a 30 días implica un importe total de 332 euros, con 82 euros de intereses y una TAE del 3.112%. A los intereses nominales se suman comisiones de apertura, que pueden alcanzar el 10% del préstamo, o intereses de demora diarios del 1,30%. Siguiendo este último ejemplo, una persona que pide un préstamo de 250 euros y no lo amortiza podría encontrarse, medio año después, con una reclamación de los 250 euros del préstamo más otros 517 euros en concepto de intereses y comisión de reclamación.
Sin apenas requisitos
La facilidad de concesión es una de las principales características de estos productos. En ocasiones basta con tener la nacionalidad española, ser mayor de edad y disponer de una cuenta bancaria abierta para acceder al préstamo. Algunas entidades conceden inicialmente al cliente importes reducidos, que pueden ir aumentando si este cumple con las amortizaciones de los créditos contratados.
Marco normativo
Estos préstamos se encuadran dentro de los créditos al consumo, si bien la normativa española vigente excluye los préstamos inferiores a 200 euros, los préstamos hipotecarios, los descubiertos a menos de un mes, los créditos "libres de intereses y sin ningún otro tipo de gastos" o las refinanciaciones de deudas sin coste.
Los tribunales han declarado en numerosos casos que los intereses de los microcréditos eran desproporcionados y los han anulado. En febrero de este año, la Audiencia Provincial de Navarra anuló un microcrédito —con otras tres extensiones en menos de veinte días— en el que el cliente había recibido un préstamo de 490 euros y, en un plazo de treinta días, debía devolver 633 euros. La sentencia consideró que el interés, de hasta el 13.328,90% TAE, era "manifiestamente desproporcionado" para las circunstancias del caso, sin que pudiera justificarse por el alto nivel de impagos de este tipo de operaciones ni por una comprobación adecuada de la capacidad de pago del prestatario.
Especialmente destacada es la sentencia de un juzgado de El Vendrell, que anuló por usurario un microcrédito de 350 euros con una TAE del 2.434%, al considerar que un interés de esa magnitud "no puede en ningún caso considerarse proporcionado", incluso teniendo en cuenta un periodo de vencimiento de 62 días. El juez, tras calificar de "absolutamente leoninas y abusivas" las condiciones de estos contratos, recurrió además a la Ley de Represión de la Usura para sancionar a la entidad por incurrir en la misma práctica en más de tres casos, imponiéndole una multa de 1.653 euros tras actualizar los importes previstos en la normativa.
Dificultades para anular el préstamo
A los intereses excesivos y a la facilidad para contratar estos productos se suma la dificultad para anularlos o amortizarlos una vez firmados, algo que muchos consumidores desean hacer nada más darse cuenta de las condiciones aceptadas. Así le ocurrió a una asociada de Irache que buscaba un crédito por internet para afrontar unas reformas en casa y acabó contratando, sin saber muy bien cómo, un préstamo de 300 euros que en pocas horas ya tenía ingresado en su cuenta. Al intentar devolverlo de inmediato sin coste, su banco le informó de que el nombre del beneficiario no coincidía con el de la cuenta a la que debía realizar el ingreso. Finalmente, con la intermediación de Irache, la asociada logró amortizar el préstamo sin ningún coste.
En cualquier caso, si el préstamo se considera crédito al consumo, la entidad está obligada a informar claramente tanto del tipo deudor nominal como de la Tasa Anual Equivalente (TAE), así como del importe total, la duración, el número y periodicidad de los pagos, los gastos de mantenimiento de cuentas, los servicios accesorios, el interés de demora, las consecuencias de impago y las garantías exigidas. Tras la firma del contrato, el consumidor dispone de catorce días para desistir, comunicándolo de forma fehaciente al prestamista, sin necesidad de justificación, y treinta días adicionales para devolver el capital y los intereses corridos, sin penalización.
Cambios normativos en tramitación
Actualmente se encuentra en tramitación una nueva normativa sobre créditos al consumo que pretende, entre otras cuestiones, poner más límites a los intereses ofrecidos y ejercer un mayor control sobre las entidades y la forma de concesión de estos créditos. Habrá que esperar a su aprobación definitiva para conocer las medidas concretas que finalmente se apliquen.






