Zizur Ardoi

Las viviendas vacías más de 6 meses pagarán el doble de contribución si no salen a alquiler

El nuevo impuesto sobre viviendas desocupadas ha salvado un nuevo escollo administrativo con el apoyo parlamentario de toda la oposición al cambio de normativa que faculta y obliga a todos los ayuntamientos de Navarra a su cobro. La comisión de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local definió ayer el marco normativo (modificación de la …

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El nuevo impuesto sobre viviendas desocupadas ha salvado un nuevo escollo administrativo con el apoyo parlamentario de toda la oposición al cambio de normativa que faculta y obliga a todos los ayuntamientos de Navarra a su cobro. La comisión de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local definió ayer el marco normativo (modificación de la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra) necesario para gravar la “titularidad” de aquellas viviendas que lleven más de seis meses en desuso y sean captadas por el Gobierno foral a través de un censo de viviendas vacías.

De este modo, una vivienda de 81 metros cuadrados situada, en término de Berriozar, con un tipo de gravamen del 0,2214 y que ahora paga 270 euros de contribución urbana al año (con un valor catastral de 114.349 euros) pasaría a pagar, estando vacía e inscrita en el Registro de Viviendas Deshabitadas, 540 euros. Esta estimación sirve para el primer año porque a partir del segundo, y a instancias de I-E, el tipo de gravamen se elevará entre el 0,50 y el 1%, y del 1 al 1,5% a partir del tercer año.

Para que una vivienda sea declarada desocupada (seis meses sin uso) el Gobierno de Navarra de oficio debe detectarla (existe un baremo legal) y dar la opción al titular de ponerla en alquiler antes de incluirla en un Registro de Viviendas Desocupadas (el plazo es de un año), que a su vez tiene la obligación de crear. Quedarán exentas las viviendas cuyos titulares sean funcionarios públicos y trabajadores que desempeñen sus labores fuera de la localidad donde se encuentre la vivienda, así como aquellas -a propuesta de Aralar-NaBai- que se pongan a disposición de la Administración pública para ser utilizadas como alquiler social. No están exentos, como hasta ahora, los inmuebles cuyos titulares sean las Administraciones Públicas.

Fuente:  Diario de Noticias

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