El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, las abstenciones de PSN y PPN y los votos en contra de VOX y la parlamentaria no adscrita, la modificación de la Ley Foral 17/2020, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.
La ley, impulsada por EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, tiene por objeto ampliar dos años más, hasta el 31 de diciembre de 2028, la moratoria por la que ninguna administración pública admitirá a trámite nuevos proyectos de plantas de biometanización anaeróbica cuya actividad consista en la gestión de residuos orgánicos, agroalimentarios y/o deyecciones ganaderas generados por instalaciones externas a la propia planta.
Paralelamente, las plantas de estas características que, con una capacidad de gestión anual superior a las 100.000 toneladas, se encuentren en fase de autorización a fecha de 15 de julio de 2026, serán objeto de suspensión cautelar hasta el 31 de diciembre de 2028. A este respecto, se invoca el principio de igualdad, con el fin de someter los macroproyectos a las nuevas exigencias regulatorias.
La dilación afecta también a los expedientes de autorización de plantas de biometanización que ya estuvieran suspendidos cautelarmente a fecha de 15 de julio de 2026, que se mantendrán en la misma situación y condiciones que motivaron en su día la resolución de la Dirección General de Medio Ambiente.
Quedan excluidas de la moratoria las plantas de biometanización de autogestión de residuos propios con una capacidad inferior a 25.000 toneladas anuales, al considerarse elementos clave de la economía circular del sector primario. También están eximidas las instalaciones de biometanización anaeróbicas de gestión pública que respondan a procesos complementarios a otros marcos competenciales, como la gestión de residuos domésticos municipales procedentes del quinto contenedor de la fracción orgánica y la depuración de aguas residuales urbanas, siempre que su actividad se ciña a la gestión de los residuos producidos en su propia actividad, con independencia del punto de generación de los mismos.
Los distintos términos de esta moratoria, materializada a través de la reforma de la disposición adicional octava de la Ley Foral 17/2020, perderán su vigencia en el momento en que entre en vigor la nueva normativa foral de implantación, seguimiento y control de plantas de biometanización, o cuando venza el plazo previsto.
En la exposición de motivos se defiende la necesidad de ampliar la moratoria aprobada por medio de la Ley Foral 14/2025 para, teniendo en cuenta los trabajos de la Comisión Técnica Interdepartamental y las distintas posturas puestas de relieve durante el periodo de escucha, dotar a Navarra de un marco regulatorio que permita armonizar las demandas del conjunto de la sociedad de forma "clara y sistemática". En ese sentido, de cara a asegurar la sostenibilidad de la actividad en su doble vertiente —gestión de residuos agroganaderos y producción de energías renovables—, se habla de minimizar las posibles afecciones sobre el paisaje, la población, los viales de acceso, el tráfico pesado o los olores, estableciendo entre otras medidas un método de seguimiento y control de los digestatos resultantes y de los terrenos sobre los que se aplican.
El PSN presentó una enmienda de sustitución, rechazada por todas las formaciones salvo el PPN, dirigida a dejar al margen de la prórroga —la moratoria anterior expira el próximo 14 de noviembre— a las plantas de biometanización con una capacidad de gestión anual superior a las 100.000 toneladas, y a retrotraer del 15 de julio al 1 de junio la fecha de referencia para los expedientes sometidos a suspensión cautelar.
Tramitada en lectura única, la modificación de la Ley Foral reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.











