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El Gobierno de Sánchez amplía la licencia de la central nuclear de Almaraz hasta junio de 2030

: La Orden ministerial revoca la autorización anterior y renueva la explotación con el informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear

  • Central de Almaraz

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha concedido la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear de Almaraz, Unidades I y II, ampliando su vigencia hasta el 8 de junio de 2030, según recoge la Orden TED/864/2026, de 12 de agosto, publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La resolución revoca la anterior autorización, otorgada en julio de 2020, que fijaba el límite de explotación en el 1 de noviembre de 2027 para la Unidad I y en el 31 de octubre de 2028 para la Unidad II. La entidad Centrales Nucleares Almaraz-Trillo (CNAT) había solicitado en octubre de 2025 la prórroga de ambas unidades hasta 2030, al contar la central con una Revisión Periódica de Seguridad vigente hasta esa fecha.

Informe favorable del CSN

El expediente, que llegó a suspenderse con carácter indefinido en febrero de 2026 a la espera del informe preceptivo del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), se desbloqueó el pasado 16 de julio con la recepción de un dictamen favorable a la renovación, condicionado al cumplimiento de los límites y condiciones fijados en el anexo de la orden. El CSN señaló que ha mantenido un seguimiento continuo de la explotación de la central durante la vigencia de la autorización anterior y ha evaluado la documentación aportada por el titular, incluido el plan de continuidad de la operación.

Impacto limitado según el Ministerio

En la justificación de la medida, el Ministerio sostiene que la extensión, de en torno a 31 meses para la Unidad I y 19 para la Unidad II, representa una proporción reducida de la vida media del parque nuclear español y no altera la fecha de cese definitivo del conjunto de las centrales, prevista para 2035. Según los análisis del propio departamento, el efecto sobre la generación renovable contemplada en el PNIEC sería "muy limitado", con una reducción estimada del 1,4% en 2030 respecto al escenario previsto, frente a una caída del 7% en la generación con gas natural en ciclos combinados.

El Ministerio enmarca además la decisión en el contexto de la crisis en Oriente Medio, que ha disparado la volatilidad de los precios de los combustibles fósiles, y señala que la ampliación contribuye "de manera coyuntural" a moderar la exposición del sistema eléctrico español a los precios internacionales del gas mientras se despliegan las medidas estructurales de impulso a las renovables y el almacenamiento.

Por su parte, Enresa ha indicado que el incremento del inventario de residuos radiactivos derivado de la extensión es "poco significativo" y no exigirá ampliar las instalaciones de almacenamiento existentes, sin que se prevea trasladar costes adicionales a los consumidores.

Condiciones técnicas y plazos

La orden establece que, con al menos un año de antelación al 8 de junio de 2030, el titular deberá justificar la seguridad nuclear y la protección radiológica de la instalación de cara al cese de la explotación. Asimismo, la central operará bajo los límites y condiciones recogidos en el anexo, que el Ministerio, a propuesta del CSN, podrá modificar en función de la experiencia obtenida durante la explotación y de los resultados de inspecciones y auditorías.

La resolución, firmada por el secretario de Estado de Energía, Joan Groizard Payeras, por delegación de la vicepresidenta tercera del Gobierno, pone fin a la vía administrativa y puede recurrirse en reposición en el plazo de un mes o ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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