El juez decreta prisión provisional por un delito de asesinato para el detenido el jueves por matar a un camionero en Areso

El juez no cree la versión del acusado de que se le disparó el arma y recuerda que el disparo se produjo sin mediar palabra y tras una discusión de tráfico

Pamplona/Iruña, 7 de junio

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha decretado este domingo  prisión provisional sin fianza por un delito de asesinato para Pedro Aurelio Eguiguren, agente de la Ertzaina fuera de servicio, y vecino de Tiebas detenido el jueves por matar de un disparo en la cabeza a un camionero, Jesús Madrigal, de 39 años en Areso (Navarra).

El juez Fermín Otamendi  recuerda en el auto de prisión provisional que "la autoría de los hechos es clara y ha sido reconocida por el propio detenido desde el primer momento" y no cree la tesis del detenido de" el disparo se produjo de forma no intencional, que se le disparó el arma".

El juez asegura que la versión del acusado "no es creíble, desde el punto de vista de la lógica y de las reglas de la experiencia, de ninguna manera y además viene contradicha por varios testimonios de personas que, o bien vieron los hechos en el momento de producirse, o bien estuvieron con el detenido segundos después de producirse estos, todos los cuales han relatado a la policía que vieron al detenido hundido pero tranquilo, en modo alguno nervioso".

El disparo,  sin mediar palabra y tras una discusión de tráfico

En el auto además el juez señala que "el disparo se produjo sin intercambiar palabra alguna con el fallecido ni intentar que éste detuviera su avance hacia el detenido sin necesidad de usar el arma o haciendo un uso de esta intimidatorio y no lesivo, como por ejemplo esgrimiéndola hacia el camionero conminándole para que se detuviera".

"Nada de esto hizo el detenido; antes al contrario y conforme él mismo ha reconocido, salió del vehículo ya con el arma en la mano y cuando el camionero se le acercaba y estando ya ambos próximos, levantó la pistola, la agarró con las dos manos, apuntó a la altura de la cabeza, según el detenido al hueco existente entre la oreja y el hombro, y disparó", relata el juez en el auto.

Para el juez instructor, "el mero hecho de llevar una pistola con bala en la recámara, sacarla por una intrascendente disputa de tráfico y apuntar con ella hacia la cabeza de una persona completamente desarmada impide completamente imputar el resultado mortal a un actuar imprudente".

Entre 15 a 25 años de prisión para el presunto autor del asesinato

Por todo ello, el juez justifica su decisión de imponer prisión provisional sin fianza "como completamente imprescindible a fin de asegurar la sujeción del imputado al proceso, en atención a la extrema gravedad de los hechos y la elevada penalidad (de quince a veinticinco años de prisión) que el Código Penal prevé para dicho delito, siendo esta medida la única que, al menos en este momento inicial de las actuaciones, asegura por completo la consecución de dicha finalidad".

El juez dice además que "la instrucción de la causa, previsiblemente, no se dilatará excesivamente en el tiempo y es previsible que el enjuiciamiento pueda realizarse en escasos meses, muy probablemente mucho antes de que finalice el año".

Igualmente, el juez recuerda que "el detenido ha manifestado en varias ocasiones que le gustaría estar muerto, circunstancia que, evidentemente y junto con la posibilidad de fugarse (circunstancia que no es impensable, como se dice, a la vista de la gravedad de la pena que pesa sobre él) impediría su enjuiciamiento".

Por último el juez Otamendi ha acordado la suspensión cautelar al denunciado "de su derecho a la tenencia, porte y uso de armas de fuego, a cuyo efecto se oficiará a la Intervención de Armas de la Guardia Civil y a la Ertzaintza a fin de que se proceda, de forma inmediata, a cumplir con lo ahora acordado".

El juez no cree la versión del acusado de que se le disparó el arma y recuerda que el disparo se produjo sin mediar palabra y tras una discusión de tráfico

Pamplona/Iruña, 7 de junio

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha decretado este domingo  prisión provisional sin fianza por un delito de asesinato para Pedro Aurelio Eguiguren, agente de la Ertzaina fuera de servicio, y vecino de Tiebas detenido el jueves por matar de un disparo en la cabeza a un camionero, Jesús Madrigal, de 39 años en Areso (Navarra).

El juez Fermín Otamendi  recuerda en el auto de prisión provisional que "la autoría de los hechos es clara y ha sido reconocida por el propio detenido desde el primer momento" y no cree la tesis del detenido de" el disparo se produjo de forma no intencional, que se le disparó el arma".

El juez asegura que la versión del acusado "no es creíble, desde el punto de vista de la lógica y de las reglas de la experiencia, de ninguna manera y además viene contradicha por varios testimonios de personas que, o bien vieron los hechos en el momento de producirse, o bien estuvieron con el detenido segundos después de producirse estos, todos los cuales han relatado a la policía que vieron al detenido hundido pero tranquilo, en modo alguno nervioso".

El disparo,  sin mediar palabra y tras una discusión de tráfico

En el auto además el juez señala que "el disparo se produjo sin intercambiar palabra alguna con el fallecido ni intentar que éste detuviera su avance hacia el detenido sin necesidad de usar el arma o haciendo un uso de esta intimidatorio y no lesivo, como por ejemplo esgrimiéndola hacia el camionero conminándole para que se detuviera".

"Nada de esto hizo el detenido; antes al contrario y conforme él mismo ha reconocido, salió del vehículo ya con el arma en la mano y cuando el camionero se le acercaba y estando ya ambos próximos, levantó la pistola, la agarró con las dos manos, apuntó a la altura de la cabeza, según el detenido al hueco existente entre la oreja y el hombro, y disparó", relata el juez en el auto.

Para el juez instructor, "el mero hecho de llevar una pistola con bala en la recámara, sacarla por una intrascendente disputa de tráfico y apuntar con ella hacia la cabeza de una persona completamente desarmada impide completamente imputar el resultado mortal a un actuar imprudente".

Entre 15 a 25 años de prisión para el presunto autor del asesinato

Por todo ello, el juez justifica su decisión de imponer prisión provisional sin fianza "como completamente imprescindible a fin de asegurar la sujeción del imputado al proceso, en atención a la extrema gravedad de los hechos y la elevada penalidad (de quince a veinticinco años de prisión) que el Código Penal prevé para dicho delito, siendo esta medida la única que, al menos en este momento inicial de las actuaciones, asegura por completo la consecución de dicha finalidad".

El juez dice además que "la instrucción de la causa, previsiblemente, no se dilatará excesivamente en el tiempo y es previsible que el enjuiciamiento pueda realizarse en escasos meses, muy probablemente mucho antes de que finalice el año".

Igualmente, el juez recuerda que "el detenido ha manifestado en varias ocasiones que le gustaría estar muerto, circunstancia que, evidentemente y junto con la posibilidad de fugarse (circunstancia que no es impensable, como se dice, a la vista de la gravedad de la pena que pesa sobre él) impediría su enjuiciamiento".

Por último el juez Otamendi ha acordado la suspensión cautelar al denunciado "de su derecho a la tenencia, porte y uso de armas de fuego, a cuyo efecto se oficiará a la Intervención de Armas de la Guardia Civil y a la Ertzaintza a fin de que se proceda, de forma inmediata, a cumplir con lo ahora acordado".