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Navarra avanza la reforma legal para declarar zonas residenciales tensionadas

La modificación está dirigida a adaptar la normativa navarra a las previsiones contenidas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda

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  • Bloque de viviendas de Pamplona.
  • Muestra su conformidad con la proposición para modificar el artículo 97 de la Ley Foral de Derecho a la Vivienda en Navarra, impulsada por Contigo Nav

El Gobierno de Navarra ha avanzado, en su sesión de hoy, los trámites para impulsar una reforma legal enfocada a poder limitar los precios de alquiler y compraventa en las zonas del mercado residencial declaradas como tensionadas. 

En concreto, el Ejecutivo foral se ha mostrado conforme a la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de modificación de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, una iniciativa legislativa presentada por los grupos parlamentarios Contigo Navarra–Zurekin Nafarroa, Partido Socialista de Navarra, EH Bildu Nafarroa y Geroa Bai. La Mesa del Parlamento foral ordenó el pasado 14 de octubre tramitar esta iniciativa por el procedimiento de urgencia, con la finalidad de poder comenzar a aplicar medidas de reducción de precios en 2025. 

La proposición de Ley Foral, publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra el pasado 18 de octubre, cuenta con un artículo único que plantea la modificación del artículo 97 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, con el objetivo de impulsar la declaración de zonas de mercado residencial tensionado bajo nuevos criterios. 

La finalidad es “desarrollar, a la mayor brevedad posible, dicho instrumento de política de vivienda dada la creciente dificultad en el acceso a la misma en Navarra, especialmente en régimen de alquiler”. Según explica la iniciativa legislativa en su exposición de motivos, con esta reforma se “busca mejorar la protección en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda, introduciendo unos mínimos de información necesaria para dar seguridad y garantías en el proceso, protegiendo a través de información actualizada y a través de datos oficiales tanto a las personas arrendadoras como arrendatarias, así como al conjunto de agentes que intervienen en dicho mercado”.

La modificación está dirigida a adaptar la normativa navarra a las previsiones contenidas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, referenciando los ámbitos susceptibles de ser declarados como zonas de mercado residencial tensionado sobre la base de la existencia de una oferta insuficiente de vivienda para la ciudadanía a un precio asequible.

Un  solo criterio: coste de la hipoteca respecto a la renta media o aumento acumulado del IPC

En la  actualidad, la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, exige para la declaración de zonas de mercado tensionado la concurrencia de dos  circunstancias: que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30 % de la renta media de los hogares de una zona determinada; y que el precio de compra o alquiler de la vivienda en dicho ámbito territorial haya experimentado en los cinco años anteriores un porcentaje de crecimiento acumulado de al menos 5 puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la Comunidad Foral de Navarra.

Con la modificación planteada, para la declaración de zona tensionada será necesaria solo la concurrencia de una de las condiciones hasta ahora señaladas. Además, se contempla rebajar de 5 a 3 puntos porcentuales el porcentaje de crecimiento acumulado del IPC de referencia. 

Por otro lado, la proposición de ley introduce una serie de medidas de carácter formal que deberán adoptarse en el proceso de declaración de las zonas de mercado residencial tensionado. En este sentido, se detallan aspectos relativos a las fases de participación e información pública previa a la declaración, así como posteriores a la misma, en este último caso, mediante la previsión de la participación de las entidades locales en la elaboración del plan específico de medidas a implantar en el ámbito correspondiente declarado como zona tensa.

Según la proposición de Ley Foral, la declaración de Zona de Mercado Residencial tensionado requerirá de una memoria que justifique este medida, a través de datos objetivos y fundamentada en la existencia de un especial riesgo de abastecimiento insuficiente de vivienda para la población residente. La orden foral que apruebe la declaración de un ámbito territorial como Zona de Mercado Residencial Tensionado preverá una vigencia de tres años de dicha declaración.

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